Usted está probablemente cubierto bajo la compensación del trabajador si usted es un empleado, sin importar si usted tiene un contrato de empleo escrito.

Los empleados cubiertos incluyen:

Los que trabajan menos de cuarenta horas a la semana – Usted puede ser elegible para la compensación para los trabajadores como trabajador por “mitad del tiempo” si usted ganó más de $100 y trabajó más de 52 horas en el período de 90 días antes de su lesión.

  • Los trabajadores inmigrantes indocumentados
  • Trabajadores domésticos de los hogares residenciales – Usted puede ser elegible si usted está 
trabajando un número mínimo de horas para un patrón particular.
  • Los menores de edad
  • Los menores de edad tienen derecho a los beneficios, pero un guardian adulto debe de hacer la demanda por ellos o ellas.

Personas que no son cubiertas bajo la compensación del trabajador de California incluyen:

  • Empleados Federales – Dentro de FECA (Acto Federal de la Compensación del Empleado), un 
sistema separado de la compensación del trabajador se aplica a los trabajadores del gobierno federal (por ejemplo, trabajadores postales). Este sistema es administrado por la oficina de los programas de la compensación del trabajador. 866-692-7487 or www.dol.gov/dol/esa/dfec.htm
  • Contratistas Independientes- Los contratistas independientes no son empleados, pero la línea entre las dos categorías es a menudo confusa. Varios factores se utilizan para determinarse si un trabajador es un contratista independiente o empleado. Generalmente, los contratistas independientes consiguen ser pagados por el trabajo, proporcionan sus propias herramientas, y fijan sus propias horas. A veces los patrones equivocadamente ilegalmente clasificarán a empleados como contratistas independientes para negarles ventajas. Si usted no es seguro si usted es un contratista independiente, vea la hoja informativa titulada “¿Contratista Independiente o Empleado? Cómo Usted Debe Ser Clasificado.”
  • Voluntarios
  • Estudiantes

¿Está cubierta mi lesión bajo la compensación del trabajador? 


Una lesión o enfermedad si esta cubierta si ocurre en el trabajo y si es causada por condiciones de trabajo. Si su lesión es causada por condiciones del trabajo Y condiciones fuera del trabajo, el doctor que lo trata determinara lo cubierto, que será tan sólo esa porción de lesión que fue causada por condiciones del trabajo.

Lesiones cubiertas incluyen:

  • Lesiones traumáticas/específicas – lesiones resultando de un solo incidente (por ejemplo, el caerse de una escalera).
  • Trauma cumulativa/continua – lesiones resultando del movimiento repetidor o de la tensión (por ejemplo, trabajo repetitivo de una caja registradora dando por resultado el síndrome de túnel carpiano). Si la trauma continua ocurre a través de trabajos de varios patrones, la compañía para quien usted trabajó durante el año pasado de lesionarse es responsable de pagarle los beneficios.
  • Enfermedad causada por exposición dañosa – enfermedad o inhabilidad causada o hecho peor debido a condiciones del trabajo (por ejemplo, exposición continua al asbesto en un emplazamiento de obras).
  • Lesiones debido a emociones/tensiones – para hacer una demanda de la tensión usted debe de haber trabajado para el patrón por lo menos seis meses y poder demostrar que su empleo contribuyó por lo menos al 51% de su inhabilidad. Generalmente el ser despedido no es lo 
suficiente para demostrar una demanda de la tensión.

Lesiones no cubiertas incluyen:

  • Lesiones causadas por drogas/intoxicación
  • Lesiones infligidas a sí mismo a propósito
  • Lesiones que ocurren en su tiempo personal o después de que fue despedido

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